El Ministerio de Sanidad y Consumo ha recordado, "en su papel de garante de la seguridad de los pacientes en el consumo de medicamentos", cuáles son las condiciones para la prescripción de la recién aprobada insulina inhalada, comercializada en España por Pfizer bajo el nombre de Exubera, advirtiendo de que "no está en absoluto indicada" para todos los pacientes con diabetes.
Sanidad recuerda que este medicamento es de diagnóstico hospitalario y sólo puede ser prescrito por un médico especialista a pacientes adultos. Además, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud (SNS), está sujeto a un visado para constatar que el tratamiento se ha prescrito para alguna de las indicaciones aprobadas y que, por lo tanto, el paciente tiene las máximas garantías de seguridad.
En diabetes tipo 1 hay que destacar que este tratamiento no sustituye a la insulina de acción prolongada o intermedia que se administra por vía subcutánea. Asimismo, el especialista debe asegurarse de que el paciente no presenta las contraindicaciones especificadas en la ficha técnica del medicamento (hipersensibilidad al principio activo, hipoglucemia, asma mal controlada o enfermedad pulmonar obstructiva crónica grave)
Para los pacientes con diabetes tipo 2, en el ámbito del SNS, sólo se podrá prescribir insulina inhalada en el caso de que presenten lipodistrofia severa que dificulte la administración de insulina por vía subcutánea o que incumplan constantemente el tratamiento debido a una fobia insalvable a la administración subcutánea de insulina que haya sido tratada sin éxito.
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